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ÁREA |
Vivienda y Comunidades. |
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PROPUESTA |
Constitución de comunidades |
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ÁMBITO |
Palma Palmilla |
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FINALIDAD |
Constitución de comunidades de vecinos, potenciando la conciencia de la participación comunitaria y promover actitudes sociales que conlleven un cambio positivo de participación, respeto, conservación de los espacios comunes tanto en los edificios donde vivimos como los espacios públicos que disfrutamos. Surge la demanda de los vecinos debido al gran deterioro que padecen las comunidades vecinales del Distrito nº5 Palma-Palmilla ,debido a: Problemas económicos de las personas que habitan los bloques. Cambio de titularidad no regulada. Ocupaciones indebidas. Existencia de pisos vacíos. Posesión ilegal de varias viviendas por una misma familia. Descuido de las zonas comunes del bloque. Desconfianza a la hora de colaborar en la comunidad de vecinos. Dejadez en el pago de los recibos de comunidad. Enganches a las acometidas de electricidad y agua. La causa de esta escasa participación puede estar en que los vecinos no sienten la necesidad de vivir en comunidad. Es necesario trabajar en la toma de conciencia de la participación comunitaria y promover aptitudes sociales que conlleven un cambio positivo de participación, respeto, conservación de los espacios comunes tanto en los edificios donde vivimos como los espacios públicos que disfrutamos.
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DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES |
Las actividades se agrupan en los siguientes temáticas:
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ORGANISMOS RESPONSABLES |
Ayuntamiento de Málaga. Junta Municipal de Distrito- |
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OTROS ORGANISMOS RELACIONADOS |
Ayuntamiento de Málaga. Instituto Municipal de la Vivienda. Ayuntamiento de Málaga. Área de participación Ciudadana |
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BENEFICIARIOS |
Vecinos y vecinas de Palma Palmilla |
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VIABILIDAD TÉCNICA Y/O NORMATIVA |
Código Civil, art 396; 398; 401;1923. Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre la Ley de Propiedad Horizontal. Ley 8/1999, de 6 de abril sobre la Propiedad |
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RELACIÓN CON OTRAS ÁREAS |
Educación, Recursos y Servicios |
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TEMPORALIZACIÓN |
Propuesta en ejecución |
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PRESUPUESTO |
(consultar el apartado 8 de presupuestos) |
